lunes, 9 de marzo de 2026

ORDENANZA MUNICIPAL 2026

 ORDENANZA MUNICIPAL N° 179/2026 : APROBACIÓN COMPRA DE RETROEXCAVADORA 

 ORDENANZA MUNICIPAL N° 180/2026 :  APROBACIÓN COMPRA DE CAMIÓN


Santa Ana de los Guácaras, Corrientes 23 de Febrero de 2026

ORDENANZA MUNICIPAL N° 179/2026

VISTO:

                   La necesidad de fortalecer el parque automotor de maquinarias municipales para mejorar la prestación de los servicios públicos,  y;

CONSIDERANDO:

                                     Que, el Departamento Ejecutivo Municipal ha manifestado la necesidad de adquirir maquinaria destinada a optimizar los trabajos de mantenimiento obras y servicios en el ejido municipal.

                                           Que, la incorporación de dicha maquinaria permitirá mejorar la eficiencia operativa y brindar una mejor respuesta a las demandas de la comunidad.

                                          Que, las características de la maquinaria a comprar es: Retroexcavadora SHANTUI – modelo SBH388, de la empresa Bramaq S.R.L.           

                                           Que, corresponde al Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para la adquisición de bienes de capital conforme las facultades otorgadas  por la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal.-

POR ELLO:

EL  CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD  DE SANTA ANA DE LOS GUACARAS

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la compra de maquinaria destinada a fortalecer el parque automotor municipal, conforme a las normativas administrativas y presupuestarias vigentes.

ARTICULO 2°: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación necesaria, realizar los trámites y gestiones pertinentes ante el Estado Provincial y otras dependencias, para aceptar la adquisición e inscripción del bien indicado como Retroexcavadora SHANTUI – modelo SBH388.-

ARTICULO 3°: La erogación que demande la presente será imputada a la partida presupuestaría correspondiente del Presupuesto Municipal vigente.

ARTICULO 4°: COMUNICAR, al Departamento Ejecutivo.-

ARTICULO 5°: REFRENDAR, la presente Ordenanza los miembros del Honorable Concejo Municipal y el Secretario.- 

ARTICULO 6°: COMUNICAR,     publicar, dar al Registro Municipal, elevar copias y archivar.-

 

 

 

 

 

Santa Ana de los Guácaras, Corrientes  23 de Febrero de 2026

ORDENANZA MUNICIPAL N° 180/2026

VISTO:

                   La necesidad de fortalecer el parque automotor de maquinarias municipales para mejorar la prestación de los servicios públicos,  y;

CONSIDERANDO:

                                     Que, el Departamento Ejecutivo Municipal ha manifestado la necesidad de adquirir maquinaria destinada a optimizar los trabajos de mantenimiento obras y servicios en el ejido municipal.

                                           Que, la incorporación de dicha maquinaria permitirá mejorar la eficiencia operativa y brindar una mejor respuesta a las demandas de la comunidad.

                                          Que, las características de la maquinaria a comprar: Camión: Ford modelo F-14000 – dominio WWQ264.         

                                           Que, corresponde al Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para la adquisición de bienes conforme las facultades otorgadas  por la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal.-

POR ELLO:

EL  CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD  DE SANTA ANA DE LOS GUACARAS

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la compra de maquinaria destinada a fortalecer el parque automotor municipal, conforme a las normativas administrativas y presupuestarias vigentes.

ARTICULO 2°: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación necesaria, realizar los trámites y gestiones pertinentes ante el Estado Provincial y otras dependencias, para aceptar la adquisición e inscripción del bien indicado como Camión: Ford modelo F-14000 – dominio WWQ264..-

ARTICULO 3°: La erogación que demande la presente será imputada a la partida presupuestaría correspondiente del Presupuesto Municipal vigente.

ARTICULO 4°: COMUNICAR, al Departamento Ejecutivo.-

ARTICULO 5°: REFRENDAR, la presente Ordenanza los miembros del Honorable Concejo Municipal y el Secretario.- 

ARTICULO 6°: COMUNICAR, publicar, dar al Registro Municipal, elevar copias y archivar.-

 

 

 

 

 


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